La Incapacidad del Seguro Social por Pérdida de Audición

Seguro Social por Incapacidad por pérdida de audición

            Esencialmente, el Seguro Social lo puede incapacitar por la pérdida auditiva profunda o la sordera, pero no por la pérdida audición leve o moderada. Debido a que hay muchas variantes, condiciones y excepciones, recomendamos que consulte su situación con los abogados de seguro social llamando al 787-344-9219 para una consulta gratis y confidencial.  A los abogados le paga directamente el Seguro Social solamente si ganan el caso.  

Incapacidad por pérdida de audición

            Muchas veces al abogado de seguro social le preguntan si una persona se puede incapacitar por pérdida de audición, por no escuchar bien o por estar sordo. El Seguro Social tiene un listado específico para conceder los beneficios de incapacidad para la pérdida de audición. Para tener derecho a beneficios por incapacidad para la pérdida auditiva (sin implantes), debe cumplir con cualquiera de las dos pruebas siguientes:

  • La audiometría. Su promedio de sensibilidad umbral de audición para la conducción de aire debe ser de 90 decibelios (dB) o peor en el mejor oído, y usted debe tener un umbral de audición por conducción ósea de 60 decibelios (dB) o peor en el mejor oído. Su pérdida de audición se debe calcular el promedio de su audición en las frecuencias de sonido de 500 hertz (Hz), 1000 Hz y 2000 Hz.

     O

  • Prueba de reconocimiento de palabras. Usted no debe ser capaz de repetir más de un 40% de una lista de palabras estandarizadas que se hablan en una prueba de reconocimiento de palabras (que pone a prueba el reconocimiento del habla).

            Los exámenes de “tono puro”, la conducción ósea, y las pruebas de reconocimiento de palabras deben ser completadas por un otorrinolaringólogo (ORL), un médico con licencia, o un audiólogo trabajando bajo la supervisión de un otorrinolaringólogo o médico. Todas las pruebas se hacen sin sus audífonos. El Seguro Social también lo puede enviar a un audiólogo para una prueba auditiva para determinar si su audición es realmente tan mala como indican sus pruebas de audiometría.

Incapacidad sordo o sordera

Implantes Cocleares

            Si usted tiene implantes cocleares en uno o ambos oídos, se le podría conceder los beneficios por incapacidad por un año después de la implantación (si su audiencia no mejora dentro de los 12 meses). Después de un año, sus beneficios por incapacidad se prorrogarán por el tiempo que su reconocimiento de palabras en una “Prueba de Audición en Ruido” (“HINT”) sea del 60 % o menos.

Pérdida de audición que afecta su capacidad funcional

            Si la pérdida auditiva no cumple con el listado de incapacidad del Seguro Social por la pérdida auditiva profunda, más arriba, usted todavía puede ser capaz de obtener la incapacidad si usted puede demostrar que no hay puestos de trabajo que puede hacer con su cantidad de la pérdida de audición.

            El Seguro Social por incapacidad considerará cómo su pérdida de audición afecta a su capacidad para comunicarse, seguir instrucciones y hacer varios trabajos. Después, le asignarán un “RFC”, que es sinónimo de la capacidad funcional residual, un tipo de calificación del tipo de trabajo que usted puede hacer. En su RFC, el Seguro Social incluirá las restricciones relacionadas con la pérdida de audición en el trabajo que puede hacer.

            Por ejemplo, si su promedio de sensibilidad umbral de audición es de 70 dB es su mejor oído, no se puede hacer un trabajo que requiere una buena audiencia y buen reconocimiento de palabras. Esto descarta el trabajo que requiere la comunicación con el público o por teléfono o radio, o trabajos que requieren la operación de maquinaria peligrosa. Sin embargo, el Seguro Social probablemente podría encontrar otros trabajos que podría hacer cuando la audición no es importante. Pero si usted no tiene las habilidades para el trabajo o la educación para hacer esos trabajos, es posible que pueda recibir beneficios de discapacidad basado en una «asignación médica profesional.» Esto es especialmente probable si usted es mayor de 55.

Si usted está incapacitado y no puede trabajar a causa de una de estas condiciones o cualquier otra condición médica diagnosticada por un doctor, llame al 787-344-9219 para una consulta con un abogado de Seguro Social aquí mismo en Puerto Rico o visite la página de www.segurosocialporincapacidad.com  No cobramos si no gana el caso.

Nada de lo anterior debe ser considerado como consejo legal y es solo para información general. Todo lo anterior tiene que ser corroborado directamente con el Seguro Social o con un abogado de seguro social que acepte representarlo para que le brinde más detalles y verifique la información. También nos puede enviar un mensaje a segurosocialporincapacidad@gmail.com

Incapacidad por Migrañas

La Incapacidad del Seguro Social por Migrañas Crónicas

            Las migrañas crónicas son dolores de cabeza de base neurológica que pueden durar de varias horas a varios días seguidos. Los síntomas de las migrañas crónicas incluyen:

  • Dolor pulsante y punzante, que a veces afecta solo a un lado de la cabeza;
  • Dolores de cabeza empeorados por la actividad física;
  • Mayor sensibilidad a la luz y al sonido; o
  • Náuseas vómitos.

Solicitud de seguro social por incapacidad con migrañas crónicas

            Aunque el dolor de cabeza ocasional puede no impedir que una persona tenga un trabajo, las migrañas crónicas graves pueden hacerlo.

            Durante una migraña, una persona puede verse obligada a pasar varios días en cama, evitando toda luz y sonido y, aunque existen medicamentos para tratar las migrañas, a menudo causan mareos y fatiga. Otras veces, los sintomas de migrañas persisten a pesar de los medicamentos. Los síntomas de la migraña combinados con los efectos secundarios de los medicamentos pueden hacer que sea imposible mantener un trabajo.

Si usted o un ser querido no puede trabajar debido a migrañas crónicas, puede ser elegible para la asistencia por incapacidad del Seguro Social. Debido a que es complicado demostrar y probar esta condición médica, siempre recomendamos que consulte con nuestros abogados de seguro social llamando al 787-344-9219 para una consulta gratis y confidencial aquí mismo en Puerto Rico.

Requisitos del Seguro Social para pacientes con migraña crónica

            La Administración del Seguro Social requiere que las migrañas de un solicitante causen limitaciones significativas que le prohíban trabajar.

Considere estas preguntas:

  • Durante una migraña, ¿puede el solicitante realizar actividades físicas como caminar, levantar objetos o estar de pie durante períodos prolongados?
  • Durante una migraña, ¿puede el solicitante concentrarse, comprender instrucciones o participar en situaciones sociales?
  • ¿El solicitante tiene antecedentes de faltar al trabajo debido a migrañas?

Documentación médica necesaria para solicitar incapacidad para migrañas crónicas

            Debido a que no se utiliza una prueba de diagnóstico definitivo para determinar si alguien sufre de migrañas crónicas, existen requisitos específicos que ayudan a los solicitantes obtener los beneficios por discapacidad. Los solicitantes deberán proporcionar documentación médica clara y sustancial que demuestre que padecen migrañas crónicas. La documentación puede incluir:

  • Récords de cualquier visita a la clínica u hospital en relación con las migrañas;
  • Resultados de cualquier prueba o análisis de laboratorio que descarte otras afecciones;
  • Listas de medicamentos y tratamientos;
  • Respuesta de los solicitantes a medicamentos y tratamientos;
  • Notas de los médicos sobre la frecuencia y la gravedad de los dolores de cabeza; y
  • Cualquier documentación médica relevante que ilustre un historial de migrañas crónicas y cómo la afección y sus tratamientos le han impedido trabajar.

La contratación de un abogado de seguro social por incapacidad para presentar su solicitud por migrañas crónicas

            Debido a que las migrañas crónicas no se diagnostican fácilmente, a muchos solicitantes se les niega la aprobación simplemente porque no pueden proporcionar evidencia de que las migrañas limitan su capacidad para trabajar. Un abogado de incapacidad del Seguro Social ayudará al solicitante a producir la evidencia necesaria para cualificar para los beneficios por discapacidad.  

            Si usted entiende que está incapacitado y no puede trabajar a causa de la migraña, llame al 787-344-9219 para una consulta gratis con un abogado de Seguro Social aquí mismo en Puerto Rico o visite la página de www.segurosocialporincapacidad.com Igualmente, nos puede escribir a segurosocialporincapacidad@gmail.com para obtener más información.

       Recuerde que nada de lo anterior debe ser considerado como consejo legal y es solo para información general. Todo lo anterior tiene que ser corroborado directamente con el Seguro Social y/o con un abogado de seguro social para que le brinden más detalles y verifiquen la información. 

Requisitos para incapacitarse por condiciones de espalda

El Seguro Social cambia significativamente ahora en el 2021 los requisitos para incapacitarse por condiciones de espalda.

            El Seguro Social está cambiando los criterios para que las personas se incapaciten por condiciones de espalda y lo están haciendo mucho más difícil. De hecho, con estas nuevas reglas, la gran mayoría de personas que tengan 50 años o menos, solamente tendrían una buena oportunidad de incapacitarse por dolores de espalda si está usando muletas, un andador o una silla de ruedas recetada por un doctor. 

            Incluso, el uso de un bastón recetado por un médico ya no sería suficiente para que lo encuentren incapacitado. Este cambio debería ser motivo de gran preocupación para todos los reclamantes que buscan beneficios por incapacidad, porque cada año se presentan miles de reclamaciones de incapacidad por condiciones severas de espalda que en realidad les imposibilita a las personas trabajar. 

¿CUÁNDO SE APLICARÁN LAS NUEVAS REGLAS PARA LOS BENEFICIOS POR DISCAPACIDAD DE ESPALDA?

            Las nuevas reglas para condiciones de espalda se aplicarán a todas las nuevas solicitudes presentadas a partir del 2 de abril de 2021. Además, las nuevas reglas también se aplicarán a las reclamaciones que aún están pendientes a partir del 2 de abril de 2021. Lo que esto significa es que si tuvo una audiencia hace unos meses y está reclamando incapacidad basada en impedimentos de espalda, entonces las nuevas reglas le aplicarán a usted, si el juez no ha emitido una decisión en su caso.

            Es importante entender las nuevas reglas, para que pueda proporcionar la evidencia correcta al Seguro Social.  Como siempre, la información médica que ve el juez es lo más importante para el caso. Si no tiene la evidencia médica correcta, no va a poder ganar su caso y no les darán crédito a sus alegaciones de dolor. 

            Debido a que es complicado demostrar y probar condiciones severas de la espalda, siempre recomendamos que consulte con nuestros abogados de seguro social llamando al 787-344-9219 para una consulta gratis y confidencial aquí mismo en Puerto Rico. Usted no tendrá que pagar nada por adelantado por los servicios de nuestros abogados.  Los honorarios de los abogados son pagados directamente por la Administración del Seguro Social solamente si le aprueban el caso de incapacidad.

NUEVOS REQUISITOS DE INCAPACIDAD DE ESPALDA Y/O COMPRESION DE LA RAÍZ NERVIOS – LISTADO 1.15

            El nuevo listado, que puede leer a continuación, reemplaza el listado antiguo y muchos de los requisitos previos. Este listado todavía está diseñado para aplicarse en aquellas personas con una hernia de disco espinal y neuropatía. También puede haber oído que su dolor de espalda se llama disco roto, disco herniado, disco resbaladizo o enfermedad degenerativa del disco. La hernia de disco puede causar ciática. La ciática o neuropatía ocurre cuando el dolor irradia por el largo nervio ciático que va desde la parte baja de la espalda hasta la parte inferior de las piernas.

            Todos los síntomas enumerados en cada elemento deben estar documentados en sus récords médicos (De un Fisiatra o un Neurólogo) y estar presentes al mismo tiempo. Los requisitos son muchísimos, larguísimos y complicados para así prevenir que las personas obtengan la incapacidad por cualquier dolor de espalda leve.  Presta atención a las palabras «y» y «o». Si se utiliza la palabra «y», eso significa que ambos elementos son necesarios para cumplir con la lista. Si la palabra «o» aparece en la lista, solo se necesita un elemento de cada dos. Tenga en cuenta también que el Seguro Social ahora requiere el uso «bilateral» de bastones o dispositivos de asistencia. Usar un bastón en una mano, por ejemplo, no cumple con el listado. En otras palabras, para demostrar que su condición de espalda es incapacitante, en la mayoría de los casos tendría que demostrar que está usando muletas, un andador o una silla de ruedas y que estos fueron recetados por un doctor. 

El Nuevo Listado y Requisitos para Trastornos Músculo Esqueléticos

1.15 Trastornos de la columna vertebral esquelética que resultan en el compromiso de una raíz o raíces nerviosas (ver 1.00F), documentados por A, B, C y D:

A. Distribución neuroanatómica (radicular) de uno o más de los siguientes síntomas consistentes con el compromiso de la(s) raíz(es) nerviosa(s) afectada(s):

1. Dolor; o

2. Parestesia; o

3. Fatiga muscular.

Y

B. Distribución radicular de los signos neurológicos presentes durante el examen físico (ver 1.00C2) o en una prueba de diagnóstico (ver 1.00C3) y evidenciados por 1, 2 y 3 o 4:

1. Debilidad muscular; y

2. Signo(s) de irritación, tensión o compresión de la raíz nerviosa, consistente(s) con el compromiso de la raíz nerviosa afectada (ver 1.00F2)

3. Cambios sensoriales evidenciados por:

a. Disminución de la sensación; o

b. Déficit del nervio sensorial (latencia anormal del nervio sensorial) en las pruebas de electro diagnóstico; o

4. Disminución de los reflejos tendinosos profundos.

Y

C. Hallazgos en imágenes (ver 1.00C3) consistentes con el compromiso de una raíz o raíces nerviosas en la columna cervical o lumbosacra.

Y

D. Limitación física relacionada con el deterioro del funcionamiento musculo esquelético que ha durado, o se espera que dure, un período continuo de al menos 12 meses, y documentación médica de al menos uno de los siguientes:

1. Una necesidad médica documentada (ver 1.00C6) de un andador, bastones bilaterales o muletas bilaterales (ver 1.00C6d) o un dispositivo de movilidad con ruedas y sentado que implique el uso de ambas manos (ver 1.00C6e(i)); o

2. La incapacidad de usar una extremidad superior para iniciar, sostener y completar de forma independiente actividades relacionadas con el trabajo que impliquen movimientos finos y gruesos (véase 1.00E4), y una necesidad médica documentada (véase 1.00C6a) de un dispositivo de asistencia manual con una sola mano (véase 1.00C6d) que requiera el uso de la otra extremidad superior o un dispositivo de movilidad con ruedas y sentado que implique el uso de una mano (véase 1.00C6e(ii)); o

3. Incapacidad para usar ambas extremidades superiores en la medida en que ninguna de las dos puede ser utilizada para iniciar, sostener y completar de forma independiente actividades relacionadas con el trabajo que impliquen movimientos finos y brutos (véase 1.00E4).

COMO OBTENER LA INCAPACIDAD DEL SEGURO SOCIAL POR CONDICIONES DE LA ESPALDA

            Como puede ver, el listado es bastante complicado. Lo mejor es contratar a un abogado experimentado para presentar su caso. Cuando nos contrate, le ayudaremos a presentar su solicitud. Además, le ayudaremos a completar el papeleo del Seguro Social. El Seguro Social probablemente negará su caso, porque la SSA niega la mayoría de los casos, pero apelaremos por usted. Si necesita ir a una audiencia con un juez, no debe ir solo. La experiencia cuenta. Utilice nuestros abogados experimentados para que lo represente ante el juez.

            Si usted entiende que está incapacitado y no puede trabajar a causa de la insuficiencia cardiaca, llame al 787-344-9219 para una consulta gratis con un abogado de Seguro Social aquí mismo en Puerto Rico o visite la página de www.segurosocialporincapacidad.com Igualmente, nos puede escribir a segurosocialporincapacidad@gmail.com para obtener más información.

       Recuerde que nada de lo anterior debe ser considerado como consejo legal y es solo para información general. Todo lo anterior tiene que ser corroborado directamente con el Seguro Social y/o con un abogado de seguro social para que le brinden más detalles y verifiquen la información. 

Seguro Social por Incapacidad – Lista de Incapacidades

 

¿Cuán incapacitado tengo que estar para conseguir el Seguro Social por Incapacidad?

           Para estar considerado “incapacitado” por el Seguro Social en Puerto Rico, debe tener evidencia médica objetiva para demostrar su incapacidad. Usted debe tener un problema de salud físico o mental (o una combinación de problemas) lo suficientemente graves como para impedirle trabajar durante al menos 12 meses consecutivos. La Administración del Seguro Social tomará en cuenta su edad, la educación y el trabajo pasado al momento de decidir si debe ser declarado incapacitado. Para la mayoría de los solicitantes menores de 50 años, tendrá que probar que usted es incapaz de hacer la mayoría de los tipos de trabajo. Para los mayores de 50 años de edad, a veces usted sólo tendrá que probar que usted es incapaz de hacer su tipo de trabajo pasado, teniendo en cuenta su educación y las capacidades físicas. Por ejemplo, el Seguro Social podría otorgarle beneficios por incapacidad a un trabajador de la construcción de 55 años con una educación secundaria y que no puede regresar a su trabajo regular, en vez de obligarlo a hacer un trabajo más sencillo.

           Debido a que hay muchas variantes y excepciones, recomendamos que consulte su situación con el abogado del seguro social al 787-344-9219 para una consulta gratis o visite la página de www.segurosocialporincapacidad.com para obtener más información sobre estos temas.

Abogado de Seguro social por incapacidad 2014

¿Cuáles son las enfermedades que cualifican para el Seguro Social?

           Hay múltiples condiciones que pueden ser lo suficientemente graves y que no le permitirían trabajar. Algunas de las condiciones más comunes son:

  • Trastornos de la columna vertebral, incluyendo cervicales o lumbares hernias discales o discos herniados, estenosis espinal, artritis, osteoporosis, fracturas por compresión
  • Los ataques al corazón (infarto de miocardio), angina de pecho, cirugía de bypass del corazón, insuficiencia cardíaca congestiva, corazón agrandado, aneurisma, enfermedad valvular, trasplante de corazón
  • Depresión mayor, ansiedad, trastorno bipolar, trastorno de estrés postraumático (PTSD), ADHD, ADD, la esquizofrenia, psicosis
  • Cáncer (de sangre, mama, hueso, pulmón, abdominal, hígado, páncreas, testículo, ovario, colon, piel, boca, de próstata, de riñón, de vejiga, sarcoma, melanoma)
  • La diabetes crónica y descontrolada, la obesidad mórbida que afecte severamente sus movimientos y su espalda, la neuropatía, retinopatía, enfermedades severas de la tiroide, la enfermedad vascular periférica,
  • El asma severa, el enfisema, la asbestosis, la apnea del sueño, enfermedad pulmonar obstructiva crónica
  • La artritis reumatoide, lupus, fibromialgia, síndrome de fatiga crónica, el VIH, el SIDA
  • Amputaciones, fracturas múltiples que requieren cirugía, la distrofia simpática refleja (RSD), trastorno de dolor crónico regional
  • Disminución de la visión o la audición, vértigo, tinnitus, la tartamudez
  • La enfermedad hepática crónica, cirrosis, hepatitis, ascitis, la colitis, la enfermedad de Crohn, diverticulitis, pancreatitis
  • La enfermedad renal, anemia, leucemia, policitemia, linfoma, mieloma, anemia de células falciformes
  • La esclerodermia, quemaduras, psoriasis, dermatitis atópica, el melanoma, hidradenitis, cáncer de piel
  • Trastornos convulsivos (epilepsia), esclerosis múltiple (EM), enfermedad de Parkinson, miastenia gravis, tumor cerebral, esclerosis lateral amiotrófica, la enfermedad de Alzheimer

           Si usted está incapacitado y no puede trabajar a causa de una condición médica, llame al 787-344-9219 para una consulta gratis con un abogado de Seguro Social aquí mismo en Puerto Rico o escribanos a: segurosocialporincapacidad@gmail.com

Su mensaje será privado para nosotros y, aunque usted lo podrá ver aquí, el mismo no aparecerá público en esta página.

Seguro Social por Incapacidad Lista de Enfermedades

Condiciones Incapacitantes del Seguro Social

Dolores Músculo – Esqueléticos (Por ejemplo, Dolores de Espalda, Artritis con dolores severos en las Coyunturas o Articulaciones, Estenosis, Artritis Reumatoide, Discos Herniados, Osteoartritis, Osteoporosis, Problemas cervicales, Fibromialgia Severa, Migrañas Crónicas, Dolor Articular).

Trastornos Mentales o Emocionales  (Por ejemplo, una Depresión Mayor Severa, Esquizofrenia, Trastorno BipolarNervios y Ansiedad, Ataques de pánico, PTSD – “Post Traumatic Stress Disorder”).

Dificultades con los órganos de los sentidos y los trastornos del habla  (Por ejemplo, Problemas Severos de Visión, Sordera o Pérdida de audición).

Condiciones Neurológicas  (Por ejemplo, Esclerosis MúltipleEpilepsia o Convulsiones, Derrame Cerebral o Infarto Cerebral, Alzheimer, Tumor Cerebral, Neuropatía Diabética o Neuropatía Periférica, Parkinson, Miastenia Gravis; Problemas Neurocognitivos).

Problemas del Sistema Respiratorio (Por ejemplo, Asma Crónica SeveraInsuficiencia PulmonarHipertensión Pulmonar, Enfisema, COPD).

Problemas del Sistema Cardiovascular (Por ejemplo, Infarto Cardiaco, Insuficiencia Cardíaca, Fibrilación Arterial, Condiciones Coronarias, Arritmias, Insuficiencia Venosa, Aneurisma de la Aorta).

Problemas del Sistema Inmunológico y Artritis Inflamatoria (Por ejemplo, Lupus, el VIH, SIDA, Artritis Reumatoide)

Enfermedades Neoplásicas Malignas (Por ejemplo, un Cáncer con Metástasis, Leucemia).

Dificultades del Sistema Digestivo (Por ejemplo, Colitis ulcerativa, Cirrosis, Problemas del Hígado, Problemas Gastrointestinales, Enfermedad Inflamatoria IntestinalChrons).

Problemas del sistema Genito-urinario (Por ejemplo,  Disfunciones Renales, Problemas de los Riñones).

Fallos en el Sistema Hematológico (Por ejemplo, Anemia, Problemas del Hígado).

Problemas Severos de la Piel (Por ejemplo, Dermatitis, Quemaduras Severas, Hidradenitis Supurativa).

Problemas del Sistema Endocrino (Por ejemplo, Problemas Severos de la Tiroide).

Problemas Congénitos del Cuerpo (Por ejemplo, Anomalías del Cuerpo, Síndrome de Down).

La Severidad de las Condiciones Médicas para la Incapacidad del Seguro Social

¿Cuán severa debe ser mi condición médica y/o mental para obtener los beneficios de incapacidad del Seguro Social? 

Preguntas para el abogado del Seguro Social – La “gravedad» de una condición médica es un componente muy importante para las reclamaciones presentadas bajo los programas de incapacidad de título II (discapacidad del Seguro Social).  De hecho, la severidad es la primera cuestión examinada en el proceso de evaluación usado por los examinadores de incapacidad (los que toman decisiones sobre las solicitudes de discapacidad y en las apelaciones) Todos los casos de incapacidad del Seguro Social son evaluados a base de la base del expediente médico de su condición, en otras palabras, a base de su récord médico. Debido a que hay muchas variantes y excepciones, siempre recomendamos que consulte todo esto con los abogados de seguro social llamando hoy mismo al 787-344-9219 para tener una consulta gratis y confidencial en Puerto Rico.

El primer paso del proceso de incapacidad plantea la pregunta “¿Tiene el solicitante una deficiencia o condición severa? Si el impedimento físico o mental alegado por el reclamante en su solicitud de incapacidad no es médicamente determinable de acuerdo a lo que la administración del Seguro Social considera que es una evidencia médica aceptable, entonces la condición generalmente será clasificada como no severa. Similarmente, no se considera que la condición es severa si la misma no le causa limitaciones que interfieren con las actividades normales de la vida diaria, incluyendo la actividad laboral.  En tal caso, la reclamación sería negada por un examinador de incapacidad sobre la base de un NSI, o impedimento no severo.

Para recibir beneficios por incapacidad por el Seguro Social, su condición mental y/o médica debe afectar su habilidad para trabajar. O sea, que usted no pueda hacer ninguno de los trabajos que hizo en el pasado o ningún otro trabajo más sencillo. Típicamente, NO es suficiente decir que usted no puede hacer el trabajo que hacía antes. Ese es el punto de referencia fundamental para las prestaciones de asistencia médica profesional. Y esto es exactamente por qué, cuando una persona presenta una reclamación, se le pide al solicitante que proporcione tanto su tratamiento médico como su historial laboral anterior. El encargado de la toma de decisiones sobre la reclamación evaluará la capacidad del reclamante para trabajar en base a cómo su condición actual lo limita, así como cómo puede limitarlos en el futuro.

Si no ha podido realizar una actividad laboral sustancial debido a su condición durante doce meses, o si espera que no pueda realizar una actividad laboral sustancial durante doce meses, debe ponerse en contacto con los abogados del Seguro Social para presentar una solicitud de incapacidad.

La actividad sustancial de trabajo se mide por cuánto tiempo una persona es capaz de trabajar y ganar dinero. Esta cantidad es establecida por la administración del seguro social y es básicamente un límite de corte para cuánto una persona puede ganar y seguir siendo considerada discapacitada (o no). El límite real se conoce como el SGA (Substantial gainful activity).

¿Su condición específica tiene un impacto para que le aprueben los beneficios de incapacidad? Depende si cumple con los criterios para una condición listada en el libro azul de la lista de incapacidades del seguro social de impedimentos.

Sin embargo, cumplir con los requisitos de la lista puede ser difícil, sobre todo porque requieren un nivel de documentación que la mayoría de los expedientes médicos del reclamante no proporcionan. Esta es la razón por la cual, como se mencionó anteriormente, la mayoría de las reclamaciones son aprobadas a base de una asignación médica de formación profesional en su lugar. Y, por supuesto, es por eso que el Seguro Social evalúa su capacidad funcional en lugar de condiciones específicas.

¿Qué es la capacidad funcional? La capacidad funcional es lo que usted puede hacer (actividades diarias normales o actividad de trabajo) a pesar de su condición mental y/o médica. Por lo tanto, cualquier condición puede considerarse grave; Sin embargo sus posibilidades de una incapacidad del Seguro Social dependen de su capacidad funcional residual.

La capacidad funcional residual se medirá leyendo e interpretando sus récords médicos para determinar lo que todavía es capaz de hacer y si puede regresar a su trabajo anterior o hacer alguna otra forma de trabajo. En otras palabras, el RFC, o la capacidad funcional residual se mide en función de lo que sus médicos han dicho acerca de su condición en sus notas de progreso.

La mayoría de las notas de tratamiento, por supuesto, son muy escasas cuando se trata de enumerar las limitaciones de un paciente y esto puede explicar por qué tantas reclamaciones se niegan inicialmente. En las audiencias de discapacidad, sin embargo, uno de los objetivos principales de un representante de discapacidad o un abogado de discapacidad suele ser obtener una declaración detallada de apoyo de un médico tratante del reclamante (conocida como una declaración RFC o declaración de fuente médica).

Si usted entiende que está incapacitado y no puede trabajar a causa de una condición médica, llámenos inmediatamente al 787-344-9219 para una consulta con un abogado de Seguro Social aquí mismo en Puerto Rico o visite la página de www.segurosocialporincapacidad.com

Recuerde que nada de lo anterior debe ser considerado como consejo legal y es solo para información general. Todo lo anterior tiene que ser corroborado directamente con el Seguro Social y/o con un abogado de seguro social para que le brinden más detalles y verifiquen la información.

Incapacidad por Chrons

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¿El Seguro Social me puede incapacitar por tener Chrons? 

       Dependiendo de las complicaciones de sus síntomas, usted podría obtener la incapacidad del Seguro Social si tiene la condición de Chrons. Veamos.

La inflamación y el daño asociado con la enfermedad de Crohn requiere tratamiento a largo plazo. De hecho, la condición se considera como una crónica, o de toda la vida. La gravedad de esta forma de enfermedad inflamatoria intestinal (IBD) varía grandemente en los individuos. Algunas personas pueden mostrar sólo síntomas leves y transitorios, mientras que otras experimentan síntomas sumamente debilitantes y frecuentes.  Estos a menudo incluyen dolor abdominal, diarrea y fatiga. Los síntomas pueden ser lo suficientemente graves como para afectar su calidad de vida. También pueden aumentar el riesgo de problemas de salud adicionales.  Debido a la naturaleza de largo plazo de la enfermedad de Crohn, vale la pena analizar si usted cualifica para los beneficios incapacidad del Seguro Social. Esto puede ayudarle a compensar los costos de tratamiento y ayudarle a pagar los gastos inesperados por las complicaciones de la enfermedad.

         Debido a que hay muchas variantes y excepciones para incapacitarse problemas intestinales como este, siempre recomendamos que consulte su diagnóstico y condición con los abogados de seguro social llamando hoy mismo al 787-344-9219 para tener una consulta gratuita. 

Los síntomas de la enfermedad de Crohn

             La enfermedad de Crohn es un tipo de enfermedad inflamatoria intestinal (EII). La enfermedad de Crohn es también conocida como enteritis granulomatosa o colitis, enteritis regional, o ileitis de Crohn. La enfermedad de Crohn causa principalmente roturas en el revestimiento de los intestinos grueso y delgado (ulceraciones), pero puede afectar el sistema digestivo en cualquier punto desde la boca hasta el ano. En los casos graves, se pueden producir obstrucciones intestinales y perforaciones.

            La enfermedad de Crohn por lo general causa inflamación en la parte inferior del intestino delgado, llamado el íleon. La inflamación se extiende profundamente en el revestimiento intestinal y puede causar dolor y hacer que los intestinos vacíos con frecuencia. Los síntomas de la enfermedad de Crohn son dolor abdominal, diarrea, fiebre, pérdida de apetito y pérdida de peso. Estos síntomas tienden a fluctuar entre los períodos de inactividad (remisión) y la actividad (recaída). Puede ser difícil de diagnosticar debido a que sus síntomas son similares a otros trastornos intestinales, tales como el síndrome del intestino irritable (IBD), y a otro tipo de IBD conocida como colitis ulcerosa. 

Tratamiento de la enfermedad de Crohn

            Las exacerbaciones de los síntomas agudos de la enfermedad de Crohn son tratados agresivamente para lograr una remisión. Una vez que se logra la remisión, el tratamiento suele incluir antibióticos para las infecciones y los medicamentos antiinflamatorios para controlar la inflamación. Los casos graves de Crohn pueden requerir múltiples cirugías para controlar o mantener la remisión de la enfermedad.

Incapacidad por la enfermedad de Crohn

            El Seguro Social considera la enfermedad de Crohn ser un impedimento significativo que puede impedir que una persona realiza un trabajo sustancial; Por lo tanto, es posible que a un individuo le aprueben los beneficios de incapacidad a base de la enfermedad de Crohn. La enfermedad de Crohn es evaluada bajo la enfermedad inflamatoria intestinal (EII) en la lista de impedimentos publicados por la Administración del Seguro Social (SSA).

            Para cualificar bajo la lista EII, es necesario tener un diagnóstico de la EII, además de una complicación en la lista, como la anemia intratable, una obstrucción intestinal, un absceso o fístula, pérdida de peso involuntaria significativa (de más del 10% de su peso corporal), o una masa abdominal tierna con dolor y calambres.

            También podría cualificar para incapacidad si usted puede demostrar que sus síntomas hacen que le sea imposible trabajar en su trabajo previo, y que aun con sus habilidades de trabajo y su educación, no existan otros tipos de trabajo que podría aprender a hacer.

            Si usted entiende que está incapacitado y no puede trabajar debido a problemas severos del hígado – o cualquier otra condición médica, llame al 787-344-9219 para una consulta con un abogado de Seguro Social aquí mismo en Puerto Rico o visite la página de www.segurosocialporincapacidad.com

       Nada de lo anterior debe ser considerado como consejo legal y es solo para información general. Todo ello tiene que ser corroborado directamente con el Seguro Social y con un abogado de seguro social para que le brinden más detalles y verifiquen la información más reciente.

 

La incapacidad del Seguro Social por el síndrome de Sjogren

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La incapacidad del Seguro Social y el síndrome de Sjogren

            El síndrome de Sjogren es un trastorno autoinmune que se caracteriza por sequedad de los ojos y la boca seca. Además de tener los ojos secos y boca seca, las personas con el síndrome de Sjogren también a veces experimentan fatiga prolongada, erupciones en la piel, tos persistente, inflamación de las glándulas salivales, pérdida de peso involuntaria, malestar y dolor en las articulaciones. El síndrome de Sjogren puede progresar de causar sequedad en los ojos y la boca seca a dañar otras partes del cuerpo, como los riñones, el hígado, los pulmones y los nervios. Las personas con el síndrome de Sjogren suelen tener otros trastornos del sistema inmunitario, como el lupus o la artritis reumatoide.

            Mientras que algunas personas con trastorno de Sjogren sólo tienen síntomas leves de sequedad en los ojos y la boca que son tratables, a otros han les da síntomas más graves tales como visión borrosa; dificultad para tragar, comer y hablar; fatiga debilitante y dolor en las articulaciones. Las personas con síntomas severos pueden obtener beneficios por incapacidad, ya sea mediante el cumplimiento de los requisitos del listado de incapacidad del Seguro Social para el síndrome de Sjogren, o si cumple con el listado para el lupus o la artritis reumatoide, o al mostrar que sus limitaciones son tan graves que no le permiten hacer ningún trabajo.  (Para leer nuestros artículos sobre los otros listados de discapacidad, visite los enlaces de arriba o llame a nuestros abogados de seguro social  al 787-344-9219 para una consulta gratis)

 La clasificación de incapacidad por el síndrome de Sjogren

Con el fin de cumplir con la incapacidad del SS por el síndrome de Sjogren, su condición debe caer en uno de los dos escenarios siguientes:

  • El síndrome de Sjogren debe afectar por lo menos dos órganos del cuerpo, tales como los ojos y el sistema digestivo, y
  • El síndrome de Sjogren se debe causar al menos dos de los siguientes síntomas:
  1. la fatiga frecuente que resulta en una baja actividad;
  2. fiebre frecuentes;
  3. malestar general (sensación de malestar físico que resulta en una baja actividad), y/o
  4. pérdida de peso significativa.

O

  • El síndrome de Sjogren con al menos dos de los síntomas anteriores, en repetidas ocasiones, y
  • severas limitaciones en uno de los siguientes:
  1. actividades de la vida diaria, como comer, cocinar, bañarse o ir de compras;
  2. mantener el funcionamiento social;
  3. capacidad para terminar las tareas rápidamente debido a la falta de atención o la persistencia.

La incapacidad bajo Otros Listados del Seguro Social

            Como se discutió anteriormente, muchas personas con el síndrome de Sjogren tienen otros trastornos del sistema inmunitario, como el lupus o la artritis reumatoide. Si usted sufre de otra alteración que provoca limitaciones en su capacidad de funcionar, usted podría tal vez cualificar para la incapacidad en los otros listados del SS. El SS tiene listados específicos para la artritis inflamatoria (reumatoide) y el lupus eritematoso sistémico.

            Algunas personas con el síndrome de Sjogren también desarrollan problemas en los riñones y el hígado (incluyendo cirrosis), así como la neuropatía periférica (hormigueo y entumecimiento en las manos y pies). Si usted tiene complicaciones de síndrome de Sjogren, usted debe ser evaluado en la correspondiente lista de la parte del cuerpo u órgano que se ve afectado.

La clasificación para la discapacidad basado en las limitaciones funcionales

            Si usted tiene un diagnóstico de síndrome de Sjogren, pero no cumple con los criterios establecidos en los listados expuestos anteriormente, el SS examinará en su «capacidad residual funcional», o «RFC.» Su RFC representa el tipo de trabajo que es capaz de hacer a pesar de las limitaciones de sus condiciones médicas y los tratamientos que pueden ser prescritos a causa de sus deficiencias.

            Con el síndrome de Sjogren, su RFC podría incluir limitaciones basadas en los síntomas causados directamente por el síndrome de Sjogren, y podría ser sobre la base de las limitaciones de otras deficiencias relacionadas. Por ejemplo, es posible que tenga limitaciones en hacer un trabajo que requiera la visión intacta o la exposición a un ambiente luminoso, ya que el síndrome de Sjogren puede causar visión borrosa y sensibilidad a la luz. Si también tiene artritis reumatoide, dependiendo de donde en su cuerpo la artritis se encuentra, puede tener limitaciones en el trabajo que requiera empujar, tirar, levantar objetos o de agarre, o podría tener limitaciones en cuanto a estar de pie y caminar por periodos porlongados.

      Si el SS determina que las limitaciones en el RFC no son tan graves que impidan trabajar, el SS rechazará su reclamación. Pero si el SS determina que los síntomas asociados con el síndrome de Sjogren son tan limitantes que no hay trabajo que puede hacer, se le otorgará posiblemente la incapacidad.

Si usted entiende que está incapacitado y no puede trabajar debido a una condición médica documentada, llame al 787-344-9219 para una consulta con un abogado de Seguro Social aquí mismo en Puerto Rico o visite la página de www.segurosocialporincapacidad.com

         Recuerde que nada de lo anterior debe ser considerado como un consejo legal y es solo para información general. Todo lo anterior tiene que ser corroborado directamente con el Seguro Social y con un abogado de seguro social para que le brinden más detalles y verifiquen la información.

¿Qué es la incapacidad del Seguro Social en Puerto Rico?

Disabled rehabilitation

¿Qué es la incapacidad del Seguro Social en Puerto Rico? 

      Existen muchos mitos, rumores y especulaciones sobre cómo funciona la Incapacidad del Seguro Social (SS) en Puerto Rico.  El programa de determinación de incapacidad de la oficina del SS es un programa de incapacidad total, no a corto plazo. Tampoco es un programa de incapacidad temporera. Esto es diferente a los beneficios de veteranos que a menudo se otorgan sobre la base de porcentajes. La Incapacidad del SS se dan cuando la condición es 100 por ciento de incapacidad, y no menos, de acuerdo con la definición de discapacidad utilizada por el SS. Debido a que hay muchas variantes y excepciones, recomendamos que consulte todo esto con nuestros abogados de seguro social llamando hoy mismo al 787-344-9219 para tener una consulta gratis y confidencial.

       El Seguro Social por incapacidad tampoco se otorga sobre la base de una condición que es temporera y que dure menos de un año. De hecho, los récords médicos deben demostrar claramente que se le inhabilitó por un mínimo de un año y las futuras evaluaciones serán hecho importante después de que esté aprobado su caso para determinar si su condición o condiciones siguen satisfaciendo los requisitos del programa.

            Para tener derecho a beneficios por incapacidad bajo cualquiera de los programas, significa que su condición física o mental, o la combinación de varias condiciones, satisface la definición de incapacidad utilizada por la administración del seguro social.

¿Cuál es la definición de discapacidad y cómo satisfacerla?

            La definición de incapacidad establece que una persona debe tener una incapacidad severa certificada por un doctor que, o bien ha durado, o se espera que dure, por un mínimo de un año.

 La condición debe ser lo suficientemente grave que le impide al individuo en función de lo que se conoce como SGA (substantial gainful activity).

            No se le concederán  los beneficios de incapacidad del SS si usted está llevando a cabo una actividad sustancial lucrativa, o SGA, que ocurre cuando una persona está trabajando y ganando un cierto nivel de ingresos.

En otras palabras, si se puede trabajar y ganar la cantidad de ganancias SGA, o el límite, entonces usted no está incapacitado. Si su condición le impide trabajar y ganar esta cantidad o más, entonces usted puede ser considerado incapacitado. Normalmente usted debe haber dejado de trabajar hace 5 meses o más para que le concedan los beneficios.

Por supuesto, este sistema no es perfecto midiendo quién está incapacitado y quién no.  Sin embargo, hasta el momento, este es el mejor método que la administración del seguro social ha podido establecer.

¿Cómo se demuestra la incapacidad?

        El examinador de incapacidad o el juez administrativo lo primero que van a hacer es ver la evidencia médica del caso – que incluye tanto a los récords médicos y la información relativa a su historial de trabajo profesional del demandante — con el fin de ver si la persona cualifica para los beneficios (Nota: Los examinadores toman decisiones sobre las reclamaciones de incapacidad que están pendientes en los niveles de iniciales o para los recursos de reconsideración, y los jueces de derecho administrativo toman decisiones sobre las solicitudes que se encuentran en los niveles de vistas). Lo ideal es que vea un especialista privado mensualmente para poder tener un récord completo. Otra cosa que debe tomar en cuenta es el hecho que los doctore de la reforma del gobierno de Puerto Rico típicamente no llenan los formularios de incapacidad del SS y que el SS no le da mucho peso a las notas de progreso de los doctores generalistas o internistas.

            Los casos de incapacidad que no se aprueban sobre la base del cumplimiento de una lista (lo que significa que usted tiene una condición física o mental que se encuentra en la lista incapacidad del SS de los impedimentos y cumplen con todos los requisitos de esa lista) serán evaluados bajo un proceso de cinco pasos que toma en cuenta las limitaciones funcionales del reclamante y su capacidad relativa para participar efectivamente en la actividad laboral.

            Si usted entiende que está incapacitado y no puede trabajar a causa de una condición médica, llame al 787-344-9219 para una consulta con un abogado de Seguro Social aquí mismo en Puerto Rico o visite la página de www.segurosocialporincapacidad.com

         Recuerde que nada de lo anterior debe ser considerado como consejo legal y es solo para información general. Todo lo anterior tiene que ser corroborado directamente con el Seguro Social y/o con un abogado de seguro social para que le brinden más detalles y verifiquen la información.

Incapacidad del Seguro Social por Trastorno Bipolar

desorden bipolar - abogado seguro social

¿Me puedo incapacitar por el Seguro Social en Puerto Rico por un trastorno bipolar?

       Frecuentemente, al abogado de Seguro Social en Puerto Rico le preguntan si la Administración del Seguro Social lo puede incapacitar por tener un trastorno bipolar severo. Según veremos a continuación, es posible que dicha agencia lo incapacite por tener dicho trastorno si cumple con los requisitos que enumeramos abajo. Generalmente, si tiene síntomas de manía, como hiperactividad, distracción, el habla afectada o paranoia, así como síntomas de depresión mayor severa, podría obtener beneficios por incapacidad por esa condición. Debido a que hay otros detalles importantes que debe conocer, recomendamos que consulte su situación con los abogados de seguro social al teléfono 787-344-9219 para una consulta gratis y confidencial. Además, estos abogados lo pueden ayudar a hacer la apelación de Seguro Social.

¿Qué es el trastorno bipolar?

            El trastorno bipolar, también conocido por el nombre de la depresión maníaca o mánica, es un trastorno mental psicótico que involucra tanto la depresión y la manía (un estado de ánimo caracterizado por la euforia, hiperactividad, hablar rápido, pensamientos rápidos, y a veces falta de juicio). Algunas personas tienen “ciclos rápidos” de episodios maníacos y depresivos, pero para otros un episodio maníaco o depresivo pueden durar semanas o meses.

           Esta condición  trae graves estados de ánimo y cambios de alta y baja en el sueño, la energía, el pensamiento y la conducta.  Las personas que tienen trastorno bipolar pueden tener períodos en los que se sienten demasiado feliz y lleno de energía y de otros períodos de sentirse muy triste, sin esperanza, y lentos. Entre esos períodos, por lo general se sienten normales. Usted puede pensar en los altos y los bajos como dos “polos” de estado de ánimo, que es por eso que se llama trastorno “bipolar”.

            La palabra “maníaco” describe los momentos en los que una persona con trastorno bipolar se siente demasiado emocionado y confiado. Estos sentimientos también pueden involucrar a la irritabilidad y la toma de decisiones impulsivas o imprudentes. Alrededor de la mitad de las personas durante la manía también puede tener delirios (creer cosas que no son ciertas) o alucinaciones (ver o escuchar cosas que no están allí).  «Hipomanía» describe los síntomas más leves de manía, en el que alguien no tiene delirios o alucinaciones, y sus altos síntomas, no interferir con su vida cotidiana.

            La palabra “depresivo” describe los momentos en los que la persona se siente muy triste o deprimido. Estos síntomas son los mismos que los descritos en el trastorno depresivo principal o «depresión clínica «, una condición en la que alguien no tiene episodios maníacos o hipomaníacos.  La mayoría de las personas con trastorno bipolar pasan más tiempo con síntomas depresivos que los síntomas maníacos.

            Para tener derecho a beneficios por incapacidad por el trastorno bipolar, su condición debe ser suficiente severa como para cumplir los requisitos específicos para el trastorno bipolar que la Administración del Seguro Social (SS) ha establecido en su cotización por deterioro de (humor) trastornos afectivos (lista 12.04) y a pesar de haber tomado la medicación recetada por su psiquiatra.

Cómo cualificar para los beneficios por incapacidad Basado en el Trastorno Bipolar

         Para acogerse a la cotización oficial de la SS para el trastorno bipolar, debe tener un diagnóstico de trastorno bipolar y un historial de síntomas específicos, severos de depresión y manía, incluso si actualmente está experimentando los síntomas de sólo uno o del otro.

            En primer lugar, usted está obligado a haber tenido por lo menos tres de los siguientes síntomas de manía, que están típicamente presentes en el trastorno bipolar I:

  • actividad excesiva y/o en los niveles de energía (hiperactividad);
  • discurso anormalmente rápido, frenético («El discurso presionado»);
  • cambio rápido de ideas y patrones de pensamiento («fuga de ideas»);
  • autoestima inflada (generalmente con falsas creencias);
  • menor necesidad de sueño o el insomnio;
  • fácil distracción;
  • toma riesgos al participar en actividades sin importar las consecuencias probables, o;
  • pensamiento paranoide, ideas delirantes o alucinaciones.

            Las personas con trastorno bipolar II a menudo exhiben hipomanía, una forma más leve de manía, y por lo tanto pueden no tener los síntomas anteriormente requeridos aunque tengan los síntomas de la depresión, que detallamos a continuación. Estos pacientes bipolares pueden ser capaces de cualificar para la incapacidad por la depresión si esta es lo suficientemente grave.

            En segundo lugar, también se requiere que hayan tenido cuatro de los siguientes síntomas de la depresión:

  • disminución de la energía;
  • dificultad para concentrarse o pensar;
  • pérdida de interés en la mayoría de las actividades (o la anhedonia, la pérdida de la capacidad de disfrutar de actividades que antes disfrutaba);
  • falta de movimiento físico, dificultad para hacer actividades físicas rutinarias;
  • alteración del apetito con aumento o pérdida de peso;
  • la perturbación del sueño;
  • sentimientos de inutilidad o culpa;
  • pensamientos suicidas, o;
  • pensamiento paranoide, ideas delirantes o alucinaciones.

En tercer lugar, el SS requiere que su trastorno bipolar le cauce por lo menos dos de los siguientes cuatro problemas:

  • repetidos episodios prolongados de descompensación (empeoramiento de los síntomas);
  • graves dificultades para mantener el funcionamiento social;
  • graves dificultades para mantener la concentración, la persistencia o ritmo, o;
  • severa restricción de las actividades de la vida diaria.

            Alternativamente, usted podría cualificar bajo el trastorno bipolar sin cumplir ninguno de los tres requisitos anteriores si su trastorno bipolar diagnosticado ha durado al menos dos años y no ha mejorado con la medicación y el apoyo de su psiquiatra y, por ende, se espera que no sea capaz de trabajar debido a que su condición limita su capacidad para realizar las actividades más básicas y tiene, además, una de los siguientes condiciones:

  • episodios repetidos de descompensación (episodios de síntomas peores, cada uno de duración prolongada;
  • una condición tal que incluso un aumento mínimo de exigencias mentales o un cambio en su entorno se prevé que cause descompensación o;
  • uno o dos años de historia de incapacidad para funcionar fuera de un arreglo de vivienda de gran apoyo, y los signos que usted necesita para continuar con el arreglo.

            Si usted entiende que está incapacitado y no puede trabajar a causa de una del trastorno bipolar – o cualquier otra condición médica, llame al 787-344-9219 para una consulta con un abogado de Seguro Social aquí mismo en Puerto Rico o visite la página de www.segurosocialporincapacidad.com  Nada de lo anterior debe ser considerado como consejo legal y es solo para información general. Todo lo anterior tiene que ser corroborado directamente con el Seguro Social y/o con un abogado de seguro social para que le brinden más detalles y verifiquen la información.

Incapacidad del Seguro Social en Puerto Rico por arritmia cardiaca

arritmia abogado de seguro social

¿Me puedo incapacitar por el Seguro Social en Puerto Rico por una arritmia cardiaca o fibrilación en el corazón?

        Frecuentemente, al abogado de seguro social en Puerto Rico le preguntan si el Seguro Social lo puede incapacitar por tener una arritmia cardiaca o “ritmia”, según le dicen algunas personas.   No obstante, y según discutimos más abajo en detalle, el Seguro Social no lo va a incapacitar meramente por tener un diagnóstico de arritmia a menos que ésta le cause desmayos y otras limitaciones severas. Debido a que hay muchas variantes y excepciones, recomendamos que consulte su situación con los abogados de seguro social al teléfono 787-344-9219 para una consulta gratis y confidencial.

 ¿Qué es una arritmia?

           Las arritmias cardíacas (también conocido como ritmo cardíaco irregular) es cualquiera de un grupo de condiciones en las que la actividad eléctrica del corazón es irregular, más rápido o más lenta de lo normal. El latido del corazón puede ser de hecho demasiado rápido o demasiado lento, o debido a un ritmo irregular. Un latido del corazón que es demasiado rápido – superior a 100 latidos por minuto en adultos humanos – se llama taquicardia, y un latido del corazón que es demasiado lento – por debajo de 60 latidos por minuto – se llama bradicardia. Aunque la mayoría de las arritmias no son potencialmente mortales, algunas pueden causarle un grave deterioro de la función cardíaca, hasta el extremo de causarle un paro cardiaco.

           Las arritmias son causadas por alteraciones en el sistema eléctrico del corazón. Algunas arritmias causan que el corazón lata demasiado rápido y algunos hacen que el corazón lata demasiado lento o irregular. Algunas arritmias son peligrosas, mientras que otras son inofensivas. La fibrilación auricular (AF, o la A-fib) es un tipo común de arritmia que hace que las aurículas se aprietan demasiado rápido e irregularmente. La A-fib aumenta la posibilidad de accidente cerebrovascular. Por otra parte, el bloqueo cardíaco es otro tipo de arritmia que desacelera el ritmo cardíaco. Este puede ser leve (primer grado) o grave (tercer grado).

           Los síntomas de la arritmia varían ampliamente. Algunas arritmias se pueden sentir en el pecho como un aleteo, o como un latido del corazón lento o más rápido de lo normal. Su arritmia puede causar desmayos o sensación de desmayo, mareos, falta de aliento o dolor en el pecho. Algunas arritmias no causan síntomas en lo absoluto.

¿Puedo obtener el Seguro Social por Incapacidad debido a mi arritmia?

           Para ser elegible para la incapacidad basado en su arritmia, la Administración del Seguro Social (SS) buscará primero ver si usted es elegible bajo los criterios de incapacidad no médicos y verificando que usted no esté trabajando (o que no este ejerciendo una actividad lucrativa sustancial). También debe demostrar que se espera que su arritmia va a durar por lo menos 12 meses consecutivos y que es “grave” y que le afecta su capacidad para trabajar.

           Una vez que el SS ha determinado que su arritmia es grave, el SS debe entonces verificar si su arritmia cumple o iguala una de las condiciones de admisibilidad establecidos en la Lista de Incapacidades del SS.

 El Listado 4.05 del SS sobre arritmias recurrentes

           El SS analiza los criterios de calificación para las arritmias en el listado 4.05. Con el fin de aprobar su incapacidad basado en su arritmia, debe cumplir con TODOS los siguientes criterios:

  • Su arritmia debe causar síncope (desmayo o pérdida de conciencia) o casi un síncope (alteración de la conciencia) en al menos tres ocasiones diferentes en 12 meses consecutivos.
  • Usted debe tener un electrocardiograma que demuestra que su arritmia está relacionada con el síncope o pre-síncope.
  • Los episodios deben ocurrir a pesar de seguir el tratamiento de su médico, y
  • Su arritmia no puede ser debido a una condición reversible.

           Por ejemplo, los pacientes con a-fib persistente o crónico que experimentan desmayos pesar de estar bajo tratamiento de un médico pueden cualificar para recibir discapacidad bajo este listado.

¿Qué tipo de pruebas médicas o récords necesito?

           Con el fin de probar que su arritmia cumple con los requisitos de la lista arritmia, debe proporcionar al SS un récord médico detallado con exámenes físicos, informes de laboratorio, y los resultados de EKG, así como descripciones de su tratamiento y la evidencia de cómo ha respondido a tratamiento. También debe proporcionarle al SS con los nombres de todos los hospitales y clínicas que ha visitado para el tratamiento de su arritmia o cualquier procedimiento que ha tenido en un intento de corregir la arritmia. Debido a los requisitos de tiempo y tratamiento del Listado 4,05, debe proporcionarle al SS la evidencia médica de al menos 12 meses consecutivos de tratamiento.

           Si usted entiende que está incapacitado y no puede trabajar a causa de una  condición coronaria de arritmia y/o ritmia cardiaca – o cualquier otra condición médica incapacitante, llame al 787-344-9219 para una consulta con un abogado de Seguro Social aquí mismo en Puerto Rico o visite la página de www.segurosocialporincapacidad.com Nada de lo anterior debe ser considerado como consejo legal y es solo para información general. Todo lo anterior tiene que ser corroborado directamente con el Seguro Social y/o con un abogado de seguro social para que le brinden más detalles y verifiquen la información.